El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó recientemente algunas revisiones a la herramienta de consulta sobre cumplimiento de la seguridad social.
Revisión de cumplimiento de SAT
La opinión de cumplimiento es un documento mediante el cual la autoridad puede certificar que el contribuyente ha cumplido con sus obligaciones tributarias.
En el artículo 32-D Código fiscal de la federación (CFF) prohíbe al gobierno celebrar contratos de compra, arrendamiento, prestación de servicios u obras públicas con personas físicas que tengan créditos fiscales permanentes, sin garantías, que no estén inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o que no hayan presentado sus declaraciones de impuestos. a tiempo. Esto significa que debe tener una opinión de cumplimiento positiva para poder celebrar dichos acuerdos.
Opinión de cumplimiento del IMSS
En el mismo sentido, el séptimo párrafo de dicho artículo establece que, para poder subcontratar, los proveedores contratados deberán solicitar y aportar al contratista prueba del cumplimiento de las obligaciones fiscales del subcontrato.
En este contexto, las entidades públicas deben ver el estado actualizado del cumplimiento tributario de la seguridad social a través del módulo Consulta de la opinión de cumplimiento del IMSS que está incluido en Tu portal de internet. [Acuerdo ACDO.AS1.HCT.260220/64.P.DIR del Consejo Técnico del IMSS].
Consultas generadas por entidades públicas a través de los mencionados El módulo les permitirá conocer la situación de las personas físicas en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social en un momento determinado.
Correcciones de la opinión de cumplimiento del IMSS
Con el fin de facilitar el cumplimiento de lo dispuesto en el art. 32-D CFF, el IMSS revisó el proceso de cumplimiento, así como la carta de cumplimiento en sí.
Las mejoras realizadas son las siguientes:
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Consulta de opinión online para entidades públicas y privadas.
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Válido por un día.
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Parte informativa (no influir en el resultado de la opinión).
Resultados de la revisión de cumplimiento
Según la nota de Fiscal, los resultados de un informe de cumplimiento pueden ser los siguientes:
Positivo
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Registrado en el Instituto como patrón (si es necesario).
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No se han establecido bonificaciones fiscales de empresa.
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Autorización para pagar a plazos sin recurso.
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Exenciones fiscales garantizadas si hay controversias.
Negativo
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Con exenciones fiscales corporativas.
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Autorización de pago a plazos con revocación.
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Créditos fiscales no garantizados.
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No se encontró el Registro de Empleadores.
Sin opinión
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No está registrado por no tener personal sujeto a seguro obligatorio según el art. 12 LSS.
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Está registrado pero no tiene empleados activos.
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Su registro de empleador ha sido cancelado sin créditos fiscales permanentes.
– Con información de Fiscal.