En los últimos días, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido una advertencia a través de sus redes sociales: emitir facturas con un RFC diferente al de la persona que compró los bienes o encargó el servicio, esto es una violación.
Según la autoridad tributaria, la multa equivale a la infracción puede oscilar entre 1,670 y 95,300 pesos, y hasta el cierre preventivo de operaciones.
El RFC sobre individuos es información personal y, como tal, está protegido por leyes de protección de datos.
¡Evite las sanciones! No facture a ningún RFC que no sea la persona que compró los bienes o encargó el servicio. pic.twitter.com/DclIYl48dV
– SATMX (@SATMX) 20 de enero de 2020
«Boicot fiscal» en redes sociales
La advertencia parece provenir de:l «boicot fiscal» difundido en las redes sociales para que los contribuyentes puedan solicitar factura por productos o servicios adquiridos al RFC del presidente Andrés Manuel López Obrador. El presunto propósito de la convocatoria es que el SAT encuentre una divergencia fiscal hacia el presidente.
Actualmente circula información en las redes sociales sobre personas que presuntamente facturaron a nombre de López Obrador como parte de un «boicot fiscal». Pero también hay personas que muestran malestar durante esta práctica.
Base legal de la advertencia
Según el SAT la base legal de la infracción es el art. 83 segundos Código fiscal de la federación (CFF). Sin embargo, la multa es el arte. 84, Sección VI CFF.