SAT ha actualizado su «lista negra» de emisores de facturas falsas

Ayer, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) actualizó la lista global relacionada con el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

El artículo analiza a los contribuyentes sospechosos de emitir facturas falsas. El cuarto párrafo establece que los contribuyentes que no hayan aportado pruebas o no hayan sido suficientes para refutar las sospechas serán publicados en la lista global. Esta lista muestra sus nombres, el nombre de la empresa y el Registro de impuestos federales (RFC).

Primera actualización de la oferta, con 158 colaboradoresincluye a aquellos que no proporcionaron ninguna prueba. Sobre segunda subasta hay 46 contribuyentes que aportaron pruebas pero no pudieron refutar los cargos.

¿Cómo entran en la lista?

Las empresas que presuntamente emitieron recibos por operaciones inexistentes se reportan de tres formas: la caja de impuestos, la página del SAT y el Diario Oficial de la Federación. Una vez recibida la notificación, los contribuyentes tienen 15 días para refutar la presunción del SAT; es decir, para demostrar que realmente posee los activos o el personal para llevar a cabo las actividades facturadas.

El SAT entonces tendrá cinco días para evaluar la evidencia, seguidos de 30 días para publicar las listas de contribuyentes que rechazaron exitosamente el reclamo y los que serán registrados en las listas finales por proporcionar evidencia insatisfactoria.

A estos últimos se les revocará el certificado de sello electrónico, por lo que ya no podrán emitir facturas, y las que hayan sido emitidas perderán todo su efecto fiscal, por lo que ya no serán deducibles.

Puede consultar las listas en estos enlaces:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5611926&fecha=22/02/2021

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5611925&fecha=22/02/2021

Vale la pena conocer esto, ya que los contribuyentes que aún no se encuentran en los contribuyentes han ingresado las consecuencias tributarias en el CFDI emitido por estos contribuyentes, pueden tener que presentar explicaciones a la autoridad tributaria.