Cuando fallece un familiar, es importante saber que es necesario pasar por un trámite ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que la autoridad tributaria lo retire del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
El trámite puede ser realizado por cualquier familiar o tercero interesado, así como por el albacea del testamento.
El trámite debe realizarse dentro del mes siguiente al fallecimiento del contribuyente o dentro del mes siguiente a la liquidación del patrimonio (en caso de traspaso de la propiedad del contribuyente a sus herederos).
Si bien el trámite solo se puede realizar de manera presencial, puede concertar una cita en las oficinas del SAT a través del portal SAT, la aplicación SAT Móvil o el portal gob.mx.
¿Qué documentos se necesitan para cancelar la RFC de una persona fallecida?
- Formulario oficial RX «Formato para avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al RFC».
- Original y copia del certificado de defunción emitido por la oficina de registro.
- Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal. La autoridad acepta como identificación oficial el poder del votante, cédula de identidad, carnet de conducir y el poder del Instituto Nacional de las Personas Mayores. Si el contribuyente es extranjero, documento migratorio correspondiente o, en su defecto, prórroga o confirmación migratoria. Lleve el original y una copia.
- Para los contribuyentes que estén obligados a realizar actividades sensibles de acuerdo con la Ley Federal de Prevención e Identificación de Operaciones con Activos Ilegales y su reglamento, se les requiere proporcionar confirmación original de su eliminación de la lista de actividades sensibles. .