En mayo de este año. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicado en su página web oficial document Preguntas frecuentes para autónomos que enajenan bienes, prestan servicios o brindan alojamiento a través de Internet a través de plataformas tecnológicas.
Si eres una de estas personas, aquí tienes nueve preguntas frecuentes sobre los servicios de alojamiento web a través de plataformas digitales.
1. ¿Quién está obligado y cuál es la actividad empresarial que se realiza a través de plataformas tecnológicas que tienen que pagar ISR e IVA?
Las personas físicas están obligadas a pagar ISR e IVA cuando realicen las siguientes actividades económicas:
- Explotación del transporte interior de pasajeros a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
- Servicio de comida a domicilio preparado online, utilizando plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
- Servicios de hosting a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
- Comercio o venta de bienes a través de Internet, a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
- Prestación de servicios por encargo a través de Internet, a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
- Servicio de entrega de mercancías a través de Internet, a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
- Y en general para aquellas actividades que impliquen la venta de bienes, la prestación de servicios o la prestación de uso o uso temporal de bienes a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
Los residentes mexicanos o residentes en el exterior con o sin establecimiento permanente en el país, además de pagar su propio IVA e ISR, también están obligados a retener impuestos cuando realicen las siguientes actividades económicas en el territorio del país
- Servicios de plataforma de tecnología intermedia donde la venta de bienes y la prestación de servicios se realiza a través de Internet, aplicaciones informáticas y similares.
- Creación y difusión de contenidos digitales o contenidos a través de Internet utilizando plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
2. ¿Con qué frecuencia la persona que proporciona el uso de la plataforma tecnológica hará avances en el impuesto sobre la renta y el IVA?
Se pueden realizar deducciones mensuales o diarias, sobre el total de ingresos realmente recaudados de los usuarios.
Cuando se realicen deducciones por períodos distintos de los diarios, se aplicará la tabla correspondiente a los ingresos totales de ese período, calculados sobre la base del número de días incluidos en ese período. A tal efecto, el monto de la renta mensual correspondiente a las tablas establecidas en el art. 113-A los incisos I, II y III de la Ley del Impuesto sobre la Renta se dividirá entre 30,4 y el resultado se multiplicará por el número de días en el punto.
3. ¿Cuál es la tasa de retención que se utilizará para fines del impuesto sobre la renta?
Las siguientes tasas de retención de impuestos ISR se aplicarán al monto total de ingresos mensuales que reciba por la venta de bienes, servicios o alojamiento adjudicado a través de plataformas tecnológicas:
Ingresos mensuales $ | ISR (%) |
Hasta $ 5,500 | 2 |
Hasta $ 15,000 | 3 |
Hasta $ 21,000 | 4 |
Más de $ 21,000 | 8 |
Ingresos mensuales $ | ISR (%) |
Hasta $ 5,500 | 2 |
Hasta $ 15,000 | 3 |
Hasta $ 35,000 | 5 |
Más de $ 35,000 | 10 |
III. Disposición de bienes y prestación de servicios.
Ingresos mensuales $ | ISR (%) |
Hasta $ 1,500 | 0.4 |
Hasta $ 5,000 | 0,5 |
Hasta $ 10,000 | 0,9 |
Hasta $ 25,000 | 1.1 |
Hasta $ 100,000 | 2.0 |
Hasta $ 100,000 | 5.4 |
4. ¿Cuál es la tasa de retención que se utilizará a efectos del IVA?
Derivados de los ingresos obtenidos por la venta de bienes, la prestación de un servicio o el uso o uso temporal de bienes mediante el uso de plataformas tecnológicas, se retendrá el 50% del IVA recaudado.
5. Si obtengo mis ingresos a través de una plataforma tecnológica de terceros que me conecta con los clientes para vender bienes, brindar servicios o proporcionar alojamiento, ¿debo emitir facturas?
Sí, se deben emitir facturas por las actividades o actividades que realizas en base a la renta del trabajo, para ello debes registrar el código 625 (Régimen de Actividad Económica con Renta a través de Plataformas Tecnológicas) en el campo «Régimen Tributario» como contribuyente emisor. régimen.
6. ¿Cuáles son los datos mínimos que necesito saber sobre mi cliente para poder emitir una factura?
Los datos mínimos necesarios para emitir una factura son el RFC actual del cliente y la dirección de correo electrónico para enviar la factura.
En el caso de que el cliente no proporcione su RFC, la factura debe emitirse contra el RFC Nacional Genérico para el público en general XAXX010101000.
7. ¿En qué casos se debe emitir una Factura Global y cuál es el monto mínimo?
La factura colectiva debe emitirse a más tardar 72 horas después del cierre de las operaciones diarias, semanales, mensuales o bimensuales, respectivamente.
No hay un monto mínimo para una factura global.
8. Si obtengo ingresos a través de la plataforma tecnológica y los usuarios por la disposición de bienes, prestación de servicios o alojamiento, ¿puedo emitir facturas globales?
Sí, pueden optar por emitir una Factura Global para operaciones con el público en general, que incluye:
- Importes de cada una de las operaciones realizadas con el público en general durante el período.
- El folio o número de transacción para cada uno de los recibos de transacción totales emitidos durante el período.
- Emita una factura global que contenga la clave genérica XAXX010101000 como clave en el RFC del receptor.
9. ¿Cómo puedo emitir una factura electrónica?
Como persona física, tiene las siguientes opciones para generar facturas electrónicas:
- Servicio gratuito de generación de facturas electrónicas (CFDI) ofrecido por SAT. Debe tener una e. Company o CSD para sellar la factura.
- Solicitud gratuita del proveedor de certificación. Debe tener CSD para sellar la factura.
- Contratación de un servicio de proveedor de certificación. Debe tener CSD para sellar la factura.
- Factura fácil a través de Mis cuentas. Solo se necesita una contraseña para generar una factura.