¿Cómo corrijo o cambio mi información de identidad antes del SAT?

Cuando un contribuyente detecta que el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) tiene un error en su información de identificación como nombre, apellido o fecha de nacimiento, debe corregirlo presentando una solicitud al Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esto también se aplica si el contribuyente ha cambiado de nombre.

¿Cómo se corrige o cambia la información de identidad antes del SAT?

En caso de que el contribuyente quiera corregir o cambiar su nombre, apellido o fecha de nacimiento en la RFC, deberá presentar Aviso de rectificación o cambio de nombre.

Este procedimiento está destinado a personas que deseen cambiar o corregir su información de identidad y solo se puede presentar en persona en las oficinas del SAT.

¿Cuándo debo enviar una notificación?

Según el SAT, la notificación debe realizarse dentro del mes siguiente al mes en que se realiza la corrección o cambio de identidad, con una duración máxima del proceso de 40 minutos.

¿Cómo se presenta el anuncio?

Para presentar una notificación, el contribuyente debe hacer lo siguiente:

  1. Lleva la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu elección.
  2. Presentar documentación.
  3. Proporcione la información solicitada por el asesor fiscal.
  4. Reciba la confirmación de los movimientos de actualización de la posición fiscal.

¿Qué son los requerimientos?

Requerimientos de la sumisión Aviso de rectificación o cambio de nombre, estan siguiendo:

  1. Acta de nacimiento emitida por la Oficina de Registro en forma de copia certificada u obtenida del sitio web www.gob.mx/actas (formato único), donde se deben corregir o registrar los datos CURP.
  2. Documento migratorio actualizado emitido por la autoridad competente que incluye el nuevo nombre para extranjeros. [Original].
  3. Carta de naturalización. [Original].
  4. Tarjeta de servicio vigente del contribuyente o representante legal, tales como: poder de voto vigente emitido por el INE, pasaporte, cédula profesional vigente, carnet de conducir, y en el caso de menores de edad, carnet de conducir o poder expedido por instituciones públicas o educación privada con vigencia oficial con foto y firma o cédula de identidad (CIP) expedida por el Registro Nacional de Población (Renapo) del Ministerio del Interior, cédula del Instituto Nacional de las Personas Mayores (Inapam) vigente. En el caso de extranjeros, puede presentar: un documento migratorio válido que corresponda, emitido por la autoridad competente (prórroga o confirmación de inmigración, si aplica). [Original].
  5. Un poder que acredite la personalidad del representante legal (copia certificada) o un poder firmado en presencia de dos testigos y firmas confirmadas por las autoridades fiscales o un notario público. [Original].
  6. En el caso de menores de edad, los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o la custodia de un menor y actúan como sus representantes deberán presentar:
  • Certificado de nacimiento de un menor emitido por la Oficina de Registro u obtenido del sitio web www.gob.mx/actas (en un formato), una orden judicial o un documento emitido por un notario público que confirme la patria potestad o la custodia. [Original].
  • Declaración escrita de los padres del consentimiento de uno de ellos para representar al menor, junto con copia fotostática de sus documentos oficiales de identidad vigentes. [Original].
  • Cédula oficial vigente de los padres o tutores que actúen como representantes del menor, tales como: cédula de voto emitida por el INE, pasaporte vigente, cédula profesional vigente, carnet de conducir vigente, cédula de Inapam vigente, en el caso de extranjeros, documento migratorio vigente emitido por la autoridad competente, Extensión o Confirmación de Inmigración. [Original].

Puede ver información sobre Aviso de rectificación o cambio de nombre aquí.